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Fabricante de etiquetas para calzado
Preguntas frecuentes sobre las etiquetas para calzado
En este artículo te contestamos a algunas preguntas frecuentes sobre las etiquetas para calzado. Échale un vistazo y resuelve todas tus dudas.
¿El vendedor de unos zapatos se tiene que hacer responsable del etiquetado del calzado?
Sí. Cuando ni el fabricante ni su representante legal estén establecidos en España, esta obligación recaerá en el responsable de su primera puesta en el mercado.
¿La información del etiquetado del calzado tiene que venir en castellano?
Sí. La información se presentará en el etiquetado del calzado, al menos, en castellano.
¿Qué información debe contener la etiqueta del calzado?
La etiqueta debe contener datos sobre los materiales utilizados en los componentes principales del calzado. La información se referirá a las tres partes del calzado, es decir: empeine, forro y plantilla y suela.
La composición del calzado deberá indicarse mediante pictogramas o indicaciones textuales que designen materiales específicos. Las indicaciones textuales se harán como mínimo en castellano.
No obstante, la normativa obliga a que la etiqueta contenga la información sobre el material que sea mayoritario, al menos, en el 80%, medido en superficie del empeine, del forro y la plantilla del calzado, y en el 80%, al menos, del volumen de la suela. Si ningún material representa como mínimo el 80%, se facilitará la información sobre los dos materiales principales que compongan el calzado.
¿En qué parte del calzado tiene que verse la etiqueta?
La etiqueta deberá llevarla, al menos, uno de cada par de zapatos. Podrá llevarse a cabo mediante impresión, pegado, estampado o mediante un soporte atado.
La etiqueta deberá ser visible, encontrarse bien sujeta y ser accesible. No podrá inducir a error al consumidor.
¿Quién es el responsable de que la información de la etiqueta del calzado se ajuste a la realidad?
El fabricante o su representante legal responderán tanto de facilitar la etiqueta como de la exactitud de la información contenida en ella. Cuando ni el fabricante ni su representante legal estén establecidos en España, esta obligación recaerá en el responsable de su primera puesta en el mercado español.
Asimismo, el detallista será responsable de la presencia del etiquetado sobre el calzado que venda y de que se corresponda con la realidad del producto ofrecido.
¿Pueden venderme unos zapatos sin etiqueta?
No. El Real Decreto 1718/1995, de 27 de octubre, por el que se regula el etiquetado de los materiales utilizados en los componentes principales del calzado, obliga tanto a los fabricantes como a los vendedores, a etiquetar el calzado, de tal forma que el consumidor final sepa de qué materiales está hecho.
Me compré unas sandalias y no llevaban etiqueta, ¿deberían llevarla?
El Real Decreto 1718/1995, de 27 de octubre, por el que se regula el etiquetado de los materiales utilizados en los componentes principales del calzado, define "calzado" como todo producto con suela destinado a proteger o cubrir los pies, incluidas las partes comercializadas por separado. Por tanto, las sandalias están comprendidas en esta normativa y han de llevar etiqueta que contenga los materiales utilizados en su fabricación.
¿Dónde puedo ver la correspondencia de los símbolos del calzado o la explicación de su composición?
Según la normativa, en los puntos de venta al consumidor deberá exponerse en un lugar destacado próximo a los artículos de calzado, un cartel que explique el significado de los pictogramas. El cartel debe ser fácilmente visible y claramente legible por el consumidor, al igual que el tamaño de los caracteres y símbolos o pictogramas, los cuales deben ser lo suficientemente grandes para facilitar la compresión de la información.
¿Qué tipo de calzados especiales están incluidos en la norma?
Entre los más importantes, hay que destacar el calzado ortopédico, el desechable con suelas aplicadas destinado por lo general a ser utilizado una sola vez, el calzado obtenido en una sola pieza mediante el moldeado de caucho o de plástico (del que quedan excluidos los artículos desechables fabricados con materiales ligeros como el papel) y calzado deportivo especial diseñado para un deporte determinado que lleva incorporados clavos, tacos, ataduras o dispositivos similares como los de patinaje.
Britigraf, fábricante de etiquetas para calzado y otras prendas textiles.
En Britigraf nos dedicamos a la fabricación de todo tipo de etiquetas y adornos para el sector textil, siendo especialistas en el sector calzado. No obstante, también realizamos adornos y etiquetas para ropa laboral, prendas de confección de caballero, mujer y niño, para marroquinería, prendas deportivas y un largo etcétera.
Nuestra fábrica y oficinas se encuentran en Elche, uno de los centros neurálgicos del sector del calzado en España. Desde aquí desarrollamos todo el proceso de diseño y fabricación de nuestros productos, aplicando las técnicas más innovadoras tales como la alta frecuencia, la inyección y micro-inyección, estampación y grabado, transfer digital etc.